Podemos definir el sistema electoral como el conjunto de principios, normas, reglas y procedimientos legales a través de los cuales los ciudadanos expresan su voluntad política en forma de votos que se traducirán en escaños representativos.
Por su parte, el proceso electoral hace referencia a las etapas concretas y, jurídicamente reguladas, que se van sucediendo, desde el acto de convocatoria electoral hasta la votación y el escrutinio final de papeletas. STOKES, S. C. define este proceso como "un medio de integrar preferencias individuales en decisiones colectivas mediante el voto".
Si analizamos el proceso electoral en Portugal -por la semejanza que tiene con el proceso español-, es preciso considerar que la normativa básica que regula tal materia viene establecida por el art. 49 de la Constitución de la República de Portugal de 1976 y en la Ley Electoral nº 14/79, de 16 de Mayo de 1979, para la Asamblea de la República.
Las etapas que podemos distinguir dentro del proceso electoral pueden ser clasificarlas en tres, atendiendo al ejercicio propio de emisión del voto, y para el caso que nos ocupa se desarollan de la siguiente manera:
- ETAPA PRE-ELECTORAL: en esta fase, pueden estudiarse aspectos tales como la Administración Electoral, la convocatoria, las candidaturas o la campaña electoral. La Administración Electoral, además de contar con todos los mecanismos administrativos y jurisdiccionales propios del país, cuenta con unos órganos electorales específicos que salvaguarden las garantías de todo el proceso. Respecto a la convocatoria, es el Presidente quien marca la fecha de las elecciones con al menos 60 días antes de la celebración de las mismas y se llevan a cabo un domingo o festivo entre el 14 de septiembre y 14 de octubre del año correspondiente al período de legislatura. Las candidaturas se presentan por los partidos políticos, solo o en coalición y listas puede incluir a los ciudadanos que no son miembros de las organizaciones políticas. Respecto a la campaña electoral, ésta comienza el día 14 antes de la jornada electoral y termina a las 24 de la mañana en los dos días antes del día señalado para las elecciones. Como curiosidad, conviene señalar que orresponde a la Comisión Nacional de Elecciones de Portugal promover, a través de la televisión pública, de la prensa y otros medios de comunicación, la aclaración objetiva de los ciudadanos sobre la importancia de las elecciones para la vida del país, sobre el proceso electoral y sobre el proceso de votación.
- ETAPA ELECTORAL: esta etapa abarca el estudio de la jornada electoral, de las mesas electorales, de las papeletas y de los recitos y urnas y, lo más destacable, la votación. La jornada electoral tiene lugar en cada parroquia a la cual corresponde un centro de votación. En ellas, los colegios electorales se reúnen en el día fijado para la elección -a las 8 de la mañana-, en todo el territorio nacional. Los colegios electorales deben establcerse en edificios públicos, preferentemente escuelas o sedes de ayuntamientos que ofrezcan las condiciones necesarias de capacidad, seguridad y acceso. Las papeletas son de forma rectangular, con dimensiones apropiadas para que se ajusten a la situación de todas las listas presentadas a votación y se imprimen en blanco, liso y no transparente. La mesa electoral promueve y dirige las operaciones electorales y se compone de un presidente, de su adjunto y tres miembros, un secretario y dos escrutadores. La votación es posible para el votante si éste está inscrito en el censo electoral y se le reconoce por su identidad en la mesa electoral. La asamblea electoral funciona ininterrumpidamente hasta que se complete la emisión de todos los votos y se produzca su posteriorcescrutinio. El ejercicio de voto se puede realizar hasta las 19 horas. Después de este tiempo, sólo podrán votar los electores presentes.
- ETAPA POST-ELECTORAL: se identifica con el escrutinio y el control de los votos. El escrutinio de los resultados electorales se efectúa en los distritos o regiones autónomas, a cargo de una comisión de verificación intermediaria. La verificación de los resultados generales de las elecciones y la proclamación de los candidatos electos compete a una asamblea de verificación general con sede en Lisboa. las disposiciones previstas para las elecciones nacionales. La modalidad de escrutinio es doble, el sistema mayoritario a dos vueltas para la elección del presidente de la República y el sistema de representación proporcional para la elección de la Asamblea de la República y para los órganos de las regiones autonómicas y del poder local. En lo referente al control, el contencioso electoral y la sentencia de regularidad y de validez de los actos que se llevan acabo en el proceso compete a los tribunales.
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