lunes, 10 de diciembre de 2012

La actuación administrativa ambiental

Las normas, acciones y programas que la Unión Europea está desarrollando en materia medioambiental, encaminadas todas ellas a integrar esta política pública en todas las demás, especialmente en ámbitos relacionados con la sensibilización ciudadana, la cooperación transnacional, la normalización legislativa o la participación social. En este último punto, cabe destacar el Proyecto EMPOWER que, desde 2009, tiene el objetivo de motivar, consensuar y fortalecer la participación de los gobiernos, de las ONG y de los ciudadanos en el proceso de toma de decisiones sobre cuestiones medioambientales. 


El todavía vigente VI Programa Comunitario de Acción en materia de medio ambiente para 2002-2012 es un claro ejemplo de la acción europea para lograr la sostenibilidad y la calidad ambiental, con finalidades tales como proteger y restaurar el funcionamiento de los sistemas naturales y detener la pérdida de la biodiversidad; conseguir un nivel de calidad ambiental de tal grado que los contaminantes de origen humano no tengan efectos ni riesgos significativos sobre la salud humana; o lograr que el consumo de recursos renovables y no renovables no supere la capacidad de carga del medio ambiente.

Importante también es señalar que en 2007, el Consejo Europeo estableció el compromiso firme de conseguir en 2020 una reducción de al menos el 20% de las emisiones de gases de efecto invernadero, con respecto a los niveles obtenidos en 1990.  Al respecto, el Programa Nacional de Reformas de España 2011 resultó ser mucho más ambicioso y concretó unos objetivos de reducción de emisiones de un 21% respecto a la cifra de 2005, de participación del 20% de energías renovables en el consumo de energía final o de eficiencia energética al reducir su intensidad un 20% respecto a los datos registrados en 2009.

En España, la actuación administrativa en política medioambiental pueden ser clasificadas, en función de su contenido y siguiendo a ALONSO y MOLINA, de la siguiente forma:
  1. Técnicas de intervención administrativa: básicamente, se trata de canalizar  la ordenación normativa de la materia y establecer instrumentos de carácter preventivo, como son las autorizaciones - en especial, la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) regulada en la Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de Enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Impacto Ambiental de proyectos)-.
  2. Técnicas de fomento: pretenden conseguir, de manera directo o indirecta, la autoordenación de la activdad rpivada en función de fines y objetivos de interés público, a través de subvenciones o ayudas, muchas de ellas procedentes de financiación comunitaria, como ocurren con el instrumento financiero específico en materia de medio ambiente de la UE denominado LIFE+, creado por el Reglamento (CEE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de Mayo de 2007.
  3. Medidas represivas: se aplican frente a los incumplimientos de las cada vez más y más complejas normas medioambientales que, de forma sectorial, recogen las infracciones y las sanciones en esta materia. Se recogen fundamentalmente en la Ley 26/2007, de 23 de Octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
  4. Medidas económicas y complementarias: comprenden una variada gama de instrumentos -ya sean éstos de apoyo, fiscales, formativos, educacionales, de investigación científica, de desarrollo tecnológico, etc-, que tiene por objeto la incorporación de todos los costes ambientales externos que se generan durante la totalidad del ciclo de vida de un producto, para que los productos más ecológicos no se encuentren en una situación de desventaja competitiva respecto de aquellos productos que contaminan.

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